DECRETO NACIONAL 333/2020 â€" 1/4/2020 (Descargar Decreto ingresando al título)

. Fija un Derecho de Importación Extrazona del 0% para mercaderías como alcohol, artículos de laboratorio y farmacia, guantes, desinfectantes, equipamiento y demás insumos sanitarios.

. Exime del pago de la tasa de estadística a las operaciones de importación de dichos bienes.

. Vigencia de la medida: desde el 2/4/2020 y mientras perdure la emergencia sanitaria.

Para ver el listado de mercadería ingresar al decreto AQUÍ y ver botón Anexo I

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